EFOS y EDOS: el nuevo frente del SAT en la iniciativa de reforma fiscal 2026
- C.P. Miguel Ángel Barrón Camberos
- 13 oct
- 3 Min. de lectura

Dentro del paquete de la iniciativa de reforma fiscal para 2026, el Código Fiscal de la Federación (CFF) vuelve a colocarse en el centro del combate contra las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) y las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS). Aunque aún se trata únicamente de una iniciativa de reforma, el enfoque deja ver con claridad la intención del SAT de cerrar cualquier espacio de evasión o simulación fiscal, incluso si eso implica endurecer controles para todos, incluyendo a los contribuyentes cumplidos.
La propuesta refuerza las facultades de la autoridad para negar la inscripción en el RFC a personas morales cuyos representantes, socios o accionistas estén vinculados con empresas catalogadas como emisoras de comprobantes falsos, transmisoras indebidas de pérdidas o que hayan sido no localizadas. También quedarían fuera quienes tengan créditos fiscales firmes o sentencias condenatorias por delitos tributarios. En la práctica, esto representa un filtro previo de entrada al sistema fiscal: antes de abrir una empresa, el SAT podría simplemente decirte “no”.
Desde la óptica del fisco, la medida parece lógica, evita que los mismos grupos cambien de razón social para seguir con los mismos esquemas, pero también hay una lectura preocupante: la presunción de vinculación podría terminar afectando a personas que no participaron directamente en los actos ilícitos. Por ejemplo, si un socio minoritario o un representante legal fue parte de una empresa posteriormente señalada como EFOS, el SAT podría negar el alta de una nueva sociedad, aunque dicho socio no haya sido condenado.
Otro punto relevante de la iniciativa es la creación del artículo 29-A Bis del CFF, que busca verificar directamente la autenticidad de los comprobantes fiscales digitales (CFDI) durante las facultades de comprobación, sin necesidad de agotar procesos más largos. El objetivo es permitir al SAT suspender la emisión de facturas en cuanto detecte irregularidades e incluso publicar el nombre del contribuyente en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación, junto con la cancelación del certificado de sello digital.
También se incorpora un nuevo artículo 113 Bis al CFF, que refuerza la persecución penal por la emisión de comprobantes falsos, alineándose con la reforma constitucional del artículo 19, que contempla prisión preventiva oficiosa para estos casos. Esto eleva las sanciones a un nivel que antes solo se reservaba para delitos graves, dejando claro que el SAT y la autoridad penal buscan cerrar el paso a toda la red de factureras y empresas fachada.
Sin embargo, en la práctica esto abre interrogantes importantes: ¿qué tan sólida será la investigación previa antes de aplicar sanciones como la suspensión del sello digital o la publicación del nombre del contribuyente? Porque una medida así, aun cuando después se compruebe la inocencia, puede destruir la reputación y operatividad de una empresa en cuestión de días.
Como contador, no puedo dejar de notar que la intención del legislador es buena, pero el riesgo de exceso es alto. Las EFOS y las EDOS son un problema real, pero el reto está en no golpear a los contribuyentes legítimos que solo cometieron errores formales o que fueron engañados por un proveedor que resultó estar en la lista negra del artículo 69-B del CFF. Tal vez la discusión debería centrarse también en mejorar los mecanismos de defensa y aclaración para quienes caen injustamente en esos supuestos.
Por ahora, esta reforma sigue en fase de iniciativa y, aunque aún no está aprobada, todo apunta a que avanzará con pocas modificaciones, dada la prioridad política que el combate a la evasión mantiene en la agenda del Ejecutivo. Aun así, sería deseable que el Congreso analice con cuidado los posibles efectos colaterales de estas medidas y, que en su aprobación, se incluya una protección real para contribuyentes de buena fe.
M.E.F.I. y C.P. Miguel Ángel Barrón Camberos
Maestro en Estrategias Fiscales
Contador Público
Contacto: 33 1073 6023; miguelbarron@nbcorporativo.com


Directo al punto. No sería nada bueno pagar justos por pecadores. Lamentable la política que vivimos hoy en día
Gracias maestro por la información.